La Asamblea Nacional (AN) aprobó por unanimidad este martes el Proyecto de Ley para garantizar las libertades de navegación y comercio frente a la piratería, bloqueos y otros actos ilícitos internacionales. La decisión se tomó en sesión extraordinaria, en medio de un escenario marcado por el «bloqueo total» naval ordenado por el presidente de EE.UU., Donald Trump, contra los tanqueros petroleros que entran y salen del país.

Durante el debate, los parlamentarios también hicieron referencia al reciente asalto de dos buques en costas venezolanas, hechos que aceleraron la discusión del instrumento legal. El Parlamento coincidió en la necesidad de responder con un marco jurídico que proteja las operaciones comerciales y la soberanía marítima del país frente a acciones consideradas ilegales.

La propuesta fue elaborada por una comisión mixta integrada por las presidencias de las comisiones permanentes de Política Interior; Política Exterior, Soberanía e Integración; Economía, Finanzas y Desarrollo Nacional; y Defensa y Seguridad de la Nación. Antes de su presentación formal, el texto fue sometido a consulta pública en el Salón de los Escudos del Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional.

El proyecto de ley, aprobado en su primera discusión el pasado lunes, busca «hacer cumplir los convenios mundiales que prohíben el asalto de buques, la piratería y todos los delitos contra el comercio internacional», explicó el presidente venezolano, Nicolás Maduro. En uno de sus artículos se establece que «toda persona que promueva, instigue, solicite, invoque, favorezca, facilite, respalde, financie o participe en acciones de piratería, bloqueo y otros ilícitos internacionales contra personas jurídicas que realizan operaciones comerciales con la República y sus entidades (…) será sancionada con prisión de 15 a 20 años y multas».

La normativa se sustenta en la Carta de las Naciones Unidas y en la Convención de Ginebra sobre Alta Mar (1958), donde se define como piratería «todo acto ilegal de violencia, de detención o de depredación» dirigido contra un buque o una aeronave en aguas internacionales. Asimismo, toma como referencia el Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima (1988), que considera delito que «toda persona que ilícitamente se apodere de un buque o ejerza el control del mismo mediante violencia, amenaza de violencia o cualquier otra forma de intimidación».

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