El Gobierno de Colombia rechazó este miércoles la filtración de un acta que pretende suspender al presidente Gustavo Petro de su cargo hasta el 21 de junio, fecha de la segunda vuelta electoral. El documento, firmado únicamente por la congresista Gloria Elena Arizabaleta Corral de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara, fue calificado como «jurídicamente inexistente» por el Ministerio del Interior.
El ministro Armando Benedetti impugnó la medida, que ordena la suspensión provisional del mandatario bajo el argumento de una presunta intervención en política. «La Comisión de Acusaciones opera como un órgano de instrucción. En derecho no existe la posibilidad de que suspenda al jefe de Estado«, explicó Benedetti.
El funcionario recordó que solo el Senado puede decretar la suspensión, y únicamente después de que la plenaria de la Cámara actúe como acusadora. El artículo 194 de la Constitución colombiana establece que la falta temporal del cargo solo puede ser ordenada por el Senado, previa admisión pública de la acusación.
Benedetti cuestionó que la pretensión responda a la voluntad de una sola representante. El procedimiento constitucional exige votación en comisión, paso a la plenaria de la Cámara, instrucción de cinco senadores abogados y votación final del Senado. Ninguno de estos pasos se cumplió.
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