El ministro del Poder Popular para el Transporte, Ramón Velásquez Araguayán, anunció a través de su red social Instagram, que se emitió una Resolución Conjunta publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.927, con fecha 18 de agosto, en estricto cumplimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y ante el deber del Ejecutivo Nacional de regular y controlar la navegación en el espacio aéreo de aeronaves y objetos no tripulados que se desplacen por el espacio geográfico venezolano, a través del Ministerio del Poder Popular para el Transporte.

Esta medida, impulsada junto a los Ministerios de Relaciones Interiores, Justicia y Paz; Defensa; y Economía y Finanzas, prohíbe por 30 días, y puede prorrogarse, la compra, venta, fabricación, importación, distribución, instrucción, capacitación, adiestramiento, registro y las operaciones de vuelos de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPA), ya sean drones, aeronaves remotamente pilotadas o aeromodelos, así como sus partes y componentes, en todo el territorio nacional. La excepción la conceden los organismos de seguridad ciudadana y de defensa de la nación.

El Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC) actúa como Autoridad Aeronáutica de Venezuela para asegurar el cumplimiento de la directriz. INAC coordina con los órganos de seguridad y defensa del Estado y resolverá aspectos no previstos expresamente en la resolución.

La medida busca salvaguardar la seguridad y la soberanía del espacio aéreo venezolano, a la vez que establece mecanismos claros para su aplicación y posibles prórrogas.

 

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