​Ante la reciente catástrofe que afectó al municipio el 24 de junio, la gestión municipal ha difundido directrices para quienes enfrentan la desaparición de sus seres queridos. La entidad aclaró que la figura jurídica conocida como presunción de muerte por accidente debe tramitarse exclusivamente ante los órganos jurisdiccionales civiles. Esta instancia es la única capacitada para dictaminar sobre la situación legal de los ciudadanos no localizados. El ayuntamiento busca centralizar la información necesaria para que las familias realicen estos procedimientos con la mayor claridad posible en medio de la crisis.

​Consideraciones técnicas sobre la presunción de muerte

​La Consultoría Jurídica ha señalado que los interesados deben demostrar la ubicación del afectado al momento del evento telúrico mediante pruebas fehacientes. Este expediente se rige por lo dispuesto en el Código Civil, específicamente entre los artículos 438 y 440. Además, se aplican las disposiciones del Ejecutivo Nacional y las sentencias del Tribunal Supremo de Justicia relativas a catástrofes. La base de esta presunción radica en la correcta presentación de los hechos ante la autoridad judicial competente.

​Para prevenir retrasos futuros, se recomienda agrupar los recaudos de estado civil y documentos de bienes materiales. Tener a mano estas actas y títulos será de gran utilidad al momento de gestionar los derechos sucesorales tras obtener la presunción. El municipio se mantiene atento para facilitar orientación sobre los trámites vinculados a la emergencia actual. Este respaldo institucional es vital para que las personas puedan validar la presunción de forma organizada y eficiente. Con estas acciones, la alcaldía pretende aliviar la carga administrativa de los familiares durante esta etapa de presunción y duelo.

360/AP/DRR