La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia respaldó formalmente la solicitud de extradición que el Estado venezolano presentó ante España para que entregue a Leopoldo López. La decisión quedó registrada en la sentencia 661, redactada por la magistrada Elsa Gómez y avalada por los magistrados Carmen Marisela Castro y Maikel Moreno Pérez.

El proceso se activa tras las declaraciones que López ofreció el 20 de septiembre a Europa Press, donde expresó su apoyo a una intervención militar estadounidense en Venezuela. En esa entrevista, dijo que una acción de Estados Unidos sería “absolutamente legal”, en referencia al despliegue de buques en el Caribe.

Aunque Washington insiste en que esas operaciones buscan combatir el narcotráfico, el Ministerio Público sostiene que, según declaraciones del propio Marco Rubio, el verdadero objetivo es capturar al presidente Nicolás Maduro.Todas estas declaraciones van orientadas a atentar contra la seguridad y defensa integral de la nación”, señaló el organismo, y acusó a López de promover una “operación terrorista mediante una intervención militar extranjera”.

A partir de esas consideraciones, la Fiscalía 67° solicitó al Tribunal Especial 2° de Control Antiterrorista una orden de aprehensión contra López, aprobada el 22 de septiembre. Esto permitió iniciar su procesamiento por delitos como instigación a acciones armadas, traición a la patria, asociación para delinquir, conspiración y terrorismo, estos últimos con penas de hasta 30 años. Tres días después, el tribunal abrió el proceso de extradición y remitió el expediente al TSJ para que los magistrados confirmaran si existían los requisitos legales para solicitarlo a España.

Los jueces verificaron la documentación requerida según el Tratado de Extradición firmado entre Venezuela y España en 1989. Confirmaron que la orden de captura se basaba en investigaciones suficientes, incluido un dictamen pericial de las declaraciones de López publicadas bajo el título: “Leopoldo López pide una intervención de EE.UU. contra el Cártel de los Soles en Venezuela: Es absolutamente legítimo”. La Sala recordó que ambos países forman parte de la Convención Interamericana contra el Terrorismo, que obliga a cooperar en casos de delitos de este tipo.

La Sala Penal también constató que se cumple el principio de territorialidad, ya que los hechos investigados fueron planeados en España con intención de ejecutarlos en Venezuela. Además, esta no es la primera solicitud de extradición.

360°/AR/OBP