Mediante la decisión Nº 533, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Decreto Nº 5.118, emitido por el presidente Nicolás Maduro el cual activa el Estado de Emergencia Económica en todo el país por un lapso de sesenta (60) días, conforme al artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).
La Sala evaluó detalladamente la solicitud presentada por el jefe de Estado y concluyó que el contenido del decreto se ajusta a lo previsto por el marco constitucional vigente, con el fin de atender los actuales retos económicos que enfrenta la nación.
El Decreto Nº 5.118 tiene como finalidad adoptar medidas extraordinarias para hacer frente a la coyuntura económica, priorizando la protección de los derechos del pueblo venezolano y el fortalecimiento del bienestar colectivo.
Con este fallo, el TSJ reafirma su respaldo a las herramientas legales contempladas en la Constitución, ratificando la disposición del Estado a encontrar soluciones que favorezcan el equilibrio y el desarrollo nacional.
La declaración de constitucionalidad permite al Gobierno avanzar con la implementación de políticas necesarias para superar la situación económica, garantizando así los derechos sociales y económicos de la población.
360°/AR/OBP