Con el objetivo de garantizar el abastecimiento interno y priorizar la atención de las zonas afectadas por los sismos registrados el pasado 24 de junio, el Ejecutivo Nacional ha oficializado la prohibición temporal de exportar materiales e insumos esenciales para la construcción.
La medida fue establecida a través del Decreto N.° 5.376, publicado en la Gaceta Oficial N.° 43.409, y tendrá vigencia inmediata hasta el 31 de diciembre de 2026.
Prioridad en la recuperación nacional
De acuerdo con la disposición presidencial, la suspensión de exportaciones de materiales destinados a la construcción responde a la necesidad imperativa de asegurar que todos los recursos y suministros necesarios para las labores de reconstrucción y reparación estén disponibles dentro del territorio nacional. Esto busca mitigar los daños estructurales provocados por los terremotos ocurridos el pasado 24 de junio.
Para hacer efectiva esta decisión, se realizó una modificación parcial al Arancel de Aduanas vigente, asignando a dichos productos el Régimen Legal 1, que corresponde a la categoría de “Exportación Prohibida”.
Con esta medida, el Gobierno Nacional busca asegurar que los materiales estratégicos —tales como cemento, acero y otros insumos vinculados al sector construcción— se utilicen exclusivamente para los esfuerzos de recuperación y atención a las familias y comunidades impactadas por el fenómeno telúrico.
Las autoridades competentes mantendrán la vigilancia aduanera para garantizar el cumplimiento estricto de este decreto durante el periodo establecido.
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