La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió la Licencia General Nº 40, que autoriza la entrega y descarga de gas licuado de petróleo (GLP) en Venezuela hasta el 5 de septiembre de 2025.

La decisión se produce en medio del prolongado régimen de medidas coercitivas unilaterales que, desde hace más de una década, ha intentado debilitar a la industria energética venezolana y perjudicar directamente a la población.

Según el texto oficial, “todas las transacciones que sean inherentes y necesarias para la entrega y descarga de gas licuado de petróleo en Venezuela, que involucren al Gobierno de Venezuela, Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA), o cualquier entidad en la que PDVSA posea, directa o indirectamente, una participación del 50% o más… se autoriza[n] hasta las 00:01 h, hora del este, del 5 de septiembre de 2025, siempre que el gas licuado de petróleo se haya cargado en un buque el 7 de julio de 2025 o antes”.

La nueva disposición sustituye a la anterior Licencia General Nº 40C, emitida el 8 de julio de 2024, aunque mantiene intactas muchas de las restricciones que pesan sobre la economía venezolana y su sector de hidrocarburos.

La licencia también aclara límites importantes: no autoriza pagos en especie con petróleo o productos derivados, ni permite transacciones con personas bloqueadas que no estén directamente relacionadas con PDVSA o el Gobierno venezolano, sancionado únicamente bajo la Orden Ejecutiva 13884.

Este permiso temporal no modifica otras normativas federales vigentes. “Nada de lo dispuesto en esta licencia general exime a ninguna persona del cumplimiento de los requisitos de otras agencias federales, incluida la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio”, subraya el documento.

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