El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) promulgó una nueva providencia sobre emisión de documentos tributarios. La normativa oficial quedó publicada en la Gaceta Oficial número 43.484 con fecha del miércoles 21 de octubre de 2026. La resolución establece las reglas generales y los medios autorizados para la emisión de facturas en todo el territorio nacional.
El Superintendente del organismo, Román Maniglia, explicó el alcance de las medidas instruidas en el texto legal. En el articulado se dictaminó la no obligatoriedad del uso exclusivo de máquinas fiscales a los efectos del proceso de facturación ordinaria. Esta flexibilización busca modernizar el sistema tributario y facilitar el cumplimiento de los deberes formales por parte de los contribuyentes.
Por otra parte, la disposición publicada en la Gaceta busca impulsar la transición progresiva hacia mecanismos digitales avanzados. Se simplificarán los procedimientos administrativos al eliminar restricciones categóricas por sector económico, permitiendo a los comerciantes elegir la opción de facturación que mejor se adapte a sus operaciones. La iniciativa procura dinamizar la actividad comercial del país.
Finalmente, los voceros tributarios indicaron que la normativa entró en vigor inmediato tras su divulgación institucional. Los comercios deberán adecuar sus registros internos conforme a los estándares contemplados en la Gaceta Oficial. La administración pública velará por el cumplimiento efectivo de estas disposiciones legales en todo el país.
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